Cómo reclamar cláusulas suelo y gastos hipotecarios
Desde finales de este mes todos los bancos estarán listos para atender a los afectados de las cláusulas suelo estando también abierta la vía judicial en caso de ser necesaria por el usuario.
Luego de este momento, tanto los bancos como los afectados, tendrán 3 meses para llegar a un pacto y cobrar el dinero. En el caso de que los afectados por las cláusulas suelo decidan ir a un tribunal existen grandes posibilidades de ganar, debido a la reciente sentencia del Supremo que reconoce la retroactividad total aunque el proceso se puede alargar por meses.
Guía para saber cómo reclamar las cláusulas suelo
Para reclamar las cláusulas suelo, el primer paso es presentar una reclamación al banco y, en dependencia de la respuesta de la entidad, las opciones para los consumidores pueden variar. Las comentamos.
Si el banco acepta la reclamación
Si, al presentar su reclamación, el banco la acepta, este dispone de tres meses para resolverla desde el mismo día de su presentación. Es el banco el responsable de desglosar la cantidad que va a ser devuelta y sus intereses, este hará un cálculo y le desglosará al afectado dicha cifra. No obstante, el banco puede o bien devolver el dinero, u optar por otro modo de compensación.
Si el banco NO acepta la reclamación
Cuando la reclamación por las cláusulas suelo, no es aceptada por el propio banco, la nueva norma da un plazo de tres meses desde que se presenta para que se llegue a un acuerdo entre ambas partes. De todos modos, el proceso no habrá llegado a buen punto si sucede algo de lo siguiente:
- Que el banco rehace la reclamación del consumidor.
- Que el banco no responde a la reclamación del consumidor.
En cualquiera de estos casos es el banco quien debe explicar por qué no ha aceptado la reclamación y luego pasar al procedimiento extrajudicial.
El afectado acepta la propuesta del banco
Si usted y el banco llegan a un acuerdo sobre la cantidad a devolver por las cláusulas suelo, este puede proponerle varias alternativas:
- Devolver el dinero en efectivo.
- Otro tipo de medidas compensatorias como, por ejemplo, reducir la cuota de su hipoteca actual durante X tiempo.
El afectado dispone de 15 días para decidir qué opción tomar habiendo recibido la suficiente información sobre cada una. La aceptación se hará en un documento firmado de puño y letra, o bien certificado.
El afectado NO acepta la propuesta del banco
Si no se llega a un acuerdo entre el afectado y el banco sobre las devolución de las cláusulas suelo, el cliente deberá acudir a los tribunales. En dicho caso, el afectado no pagará los costes judiciales si la cantidad que fija el juez es mayor a la propuesta del banco.
En el caso de que el mecanismo extrajudicial no sea aceptado, los costes deberán ser pagados por:
- El banco: si la cantidad que determina el juez es mayor a la inicialmente propuesta.
- El afectado: si la cifra es igual o menor a la establecida por el sistema.
De otro modo, si el consumidor decide ir a los tribunales directamente, sin probar antes la vía extrajudicial, y el banco le da la razón antes de que el juez dicte sentencia, las cosas tendrán que ser pagadas por el propio afectado.
Las reclamaciones actuales a bancos, son en un 98% referentes a las cláusulas suelo. La forma de reclamación más habitual es mediante el Burofax Online Certificado.
Esta es una solución eficaz, práctica, barata y rápida que garantiza la plena validez legal y la seguridad en todos los comunicados.