Cómo reclamar la devolución de la claúsula suelo

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El pasado mes de diciembre de 2016, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que los bancos españoles deben devolver de manera retroactiva el dinero recaudado ilegalmente mediante las cláusulas suelo.

Ante la noticia, el Gobierno ha tenido que crear un decreto ley que incluye el procedimiento extrajudicial por el que los bancos devolverán a sus clientes el dinero cobrado indebidamente y que obliga a implantar un sistema de reclamación por las demandas judiciales.

Las claves sobre la devolución de las cláusulas suelo

¿Qué es la cláusula suelo?

La cláusula suelo impide que el interés variable pactado en una hipoteca baje por debajo del porcentaje previsto como tope. Para saber si dispone de cláusula suelo debe leer la escritura de préstamo hipotecario, en caso de tener «suelo» aparecerá en la parte donde se estipula el interés variable que rige la hipoteca.

¿Cómo es el procedimiento?

Las entidades (bancos) no están obligados a informar de manera individual a las personas que tienen cláusula suelo. Lo que sí deben hacer es informar, en sus respectivas páginas web, que han puesto en marcha el procedimiento para la reclamación. Con esto bastará.

Pasos para reclamar la cláusula suelo

Deberá presentar su reclamación al banco directamente. Este hará los cálculos pertinentes y se los comunicará incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no procede pudiendo entonces negarse a devolverle el dinero.

Una vez recibida la respuesta del banco, deberá manifestar si está, o no, de acuerdo con el resultado. Si está de acuerdo, la entidad dispone de tres meses para devolverle el efectivo. En caso de que no acepte dicha oferta se puede ir a juicio donde, si la sentencia es más favorable que la oferta, el banco pagará, si no, pagará el consumidor.

Si el banco le avisa de que tiene cláusula, ¿significa que se la devolverá?

No necesariamente, el Gobierno obliga a todas las entidades a garantizar que se resuelva este sistema pero solo se le devolverá a quienes consideren que deban hacerlo.

Por otro lado, el banco hará el cálculo de la cantidad a devolver a quienes considere oportuno. Según la última redacción del decreto ley, si el banco no va a devolver el dinero, no está obligado a hacer el cálculo de lo cobrado con la cláusula suelo teniendo solamente que explicar al cliente por qué cree que su cláusula no procede.

Ir a juicio luego de negociar con el banco

Puede ir a juicio después de negociar con el banco. En el caso de las costas judiciales, se establecen en el real decreto ley mecanismos que incentivan que la entidad resuelva de forma adecuada.

Si el consumidor demanda la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene es más favorable para este, la entidad será condenada en costas. Pero, si el consumidor acude a la vía judicial directamente sin usar la reclamación previa, y la entidad se allana totalmente antes del trámite, esta no será condenada en costas.

En general, el Gobierno ha establecido la creación de un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas en el ámbito de aplicación de este real decreto ley. En dicho órgano estarán presentes consumidores y abogados emitiéndose un informe semestral.

¿Necesita comenzar el trámite de una reclamación? Pídanos información y le ayudaremos en todo el proceso.

Reclame sus derechos.

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